Orientado a la población sexualmente activa, independiente de la edad.
Objetivos
a) Alcanzar para la población el nivel más elevado de salud sexual y procreación
responsable con el fin de que pueda adoptar decisiones libres de discriminación,
coacciones o violencia
b) Disminuir la morbimortalidad materno-infantil
c) Prevenir embarazos no deseados
d) Promover la salud sexual de los adolescentes
e) Contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, de VIH/sida y patologías genital y mamarias;
f) Garantizar a toda la población el acceso a la información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y procreación responsable
g) Potenciar la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreación responsable.
Cobertura
• A demanda de los beneficiarios y sobre la base de estudios previos, se podrán prescribir y suministrar los métodos y elementos anticonceptivos que deberán ser de
carácter reversible, no abortivos y transitorios, respetando los criterios o convicciones de los destinatarios, salvo contraindicación médica específica y previa
información brindada sobre las ventajas y desventajas de los métodos naturales y aquellos aprobados por la ANMAT.
• Cobertura al 100% de ligadura de trompas y vasectomía, según lo establece la Ley 26.130.
• Cobertura de Anticoncepción Hormonal de Emergencia (AHE), de acuerdo con lo establecido por la Resolución N° 232/07 del Ministerio de Salud de la Nación.
• Cobertura al 100% de implante subdérmico, sistema intrauterino de liberación de levonorgestrel (SIU/DIU-LNG), Dispositivo Intrauterino (DIU-Cu), su colocación y
extracción, como métodos anticonceptivos, de conformidad con la Ley 25.673 y la Resolución 2922/2019-MSyDS.